A partir de ahora, las entidades financieras tendrán que remitir una vez por año la identificación del titular de la cuenta, con su saldo o valor al finalizar y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones.
A partir de ahora, las entidades financieras tendrán que remitir una vez por año la identificación del titular de la cuenta, con su saldo o valor al finalizar y los intereses o dividendos obtenidos con esas inversiones.